TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS

Cuadro tarifario

Tarifas vigentes a partir del 12/06/2023 - Resolución

  • Tarifa estudiante y universitario $ 120,00

Boleto por hora (posterior al primer viaje cancelado/pagado) los restantes son gratuitos tanto en colectivo como en bicicletas públicas.

Carga de Tarjeta sin Contacto

Con la Tarjeta sin Contacto, la máquina descuenta el valor ordinario ($240)De este modo las opciones son:

IMPORTE RECARGA ADICIONAL ACREDITA EN TARJETA
$ 500,00 $ 0,00 $ 500,00
$ 787,50 $ 0,00 $ 787,50
$ 1000,00 $ 0,00 $ 1000,00
$ 7875,00 $ 0,00 $ 7875,00
$ 52500,00 $ 0,00 $ 52500,00

Implementación de papel Cero

A partir del 1 de enero de 2019 y en función de las normas vigentes, las canceladoras de todas las unidades del sistema dejarán de emitir ticket, medida que acompaña a las numerosas políticas del Municipio en materia de sustentabilidad. Vale aclarar, que la supresión de papel no alteran los beneficios vigentes relacionados a franquicias, pases libres, trasbordos o viajes plus.

El pago ocasional con monedas también sale de circulación a partir de la implementación del papel 0 en TUP.

FRANQUICIAS:

El sistema de transporte Urbano ofrece dos tipos de franquicias:

  • Franquicia total: Para mayores de 69 años (jubilados), personas con discapacidad, vecinalistas, bomberos, personas trasplantadas y/o en lista de espera.*
  • Franquicia medio boleto: Para alumnos de todos los niveles (inicial, especial, primario, secundario, universitario y EEMPA) en horarios y días lectivos.

Más información: Ov. Lagos 1634 0341-4802740/43 interno 143

horario de lunes a viernes de 7:30 a 12:30 hs.

* Según la aprobación de la Ordenanza N° 9.556 las personas que hayan recibido un trasplante y estén inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante, o se encuentren en lista de espera en el Sintra, con domicilio en la ciudad de Rosario. Además deben tener la credencial de INCUCAI. La franquicia puede extenderse a un acompañante, en caso de necesidad documentada. Rosario adhiere a la Ley Nacional 26.928, conocida como “Ley de Protección Integral al Trasplantado”.